Los requisitos que se tendrán que cumplir para solicitar reinscripción a las asignaturas o módulos del semestre escolar inmediato siguiente son (articulo 9): 1) no adeudar más de tres asignaturas o determinado número de módulos según corresponda a cada programa educativo, 2) seguir la seriación establecida en el plan de estudios que estén cursando; 3) que no rebase el plazo máximo establecido para concluir su plan de estudios previsto en el Capítulo Tercero del presente Reglamento, y 4) que no se encuentre en los supuestos previstos en el artículo 61, fracciones III, IV o V.
Los casos en que se podrá cursar la carga académica máxima son (artículo 24): 1) que haya cursado y acreditado, de forma regular, el total de las asignaturas o módulos de los semestres anteriores, y 2) que las asignaturas o módulos estén disponibles para su registro en la plataforma electrónica.
El artículo que define la obligación de entregar evidencias de aprendizaje inéditas es el artículo 29
Hay dos oportunidades para cursar una asignatura o modulo, la primera se considerará ordinaria y la segunda, recursamiento.
Las condiciones por las que se puede causar baja por inactividad en cualquiera de las asignaturas o módulos en los que te hayas inscrito son (artículo 40): cuando no exista evidencia de actividades académicas tales como entrega de tareas, participación en foros, archivos enviados, participación en actividades colaborativas, entre otras, realizadas en la plataforma electrónica durante un periodo de veintiún días naturales consecutivos, contados a partir del inicio de bloque, por lo que en su historial académico se registrará con NP (no presentó) la o las asignaturas o módulos en los que haya causado baja. Esta disposición aplicará una sola vez por asignatura o módulo del mapa curricular.
El plazo en que se debe cubrir la totalidad del plan de estudios es un plazo que no exceda del 100% adicional al tiempo previsto, contado a partir de su inscripción (artículo 45).
Los artículos en los que están plasmados los derechos, las obligaciones y las causas de responsabilidad de los estudiantes son: los artículos 57, 58 y 59, respectivamente.
Una obligación o causa de responsabilidad en la que se tendrá que poner especial atención es que debemos de conocer y cumplir el presente Reglamento y demás ordenamientos aplicables.
El apartado que hace referencia a la propiedad intelectual de otras personas es el de la honestidad.
Según el Código de ética, lo que se debe de hacer para respetar la propiedad intelectual de otras personas es otorgar reconocimiento a las obras creadas por otros, evitando realizar acciones contrarias a los principios éticos que deben prevalecer entre los estudiantes de la Universidad
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